SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El
Directorio Ejecutivo del Instituto de Estabilización de Precios (Inespre)
autorizó este martes la importación de carne de pollo fresco, congelado o en
partes, para garantizar la estabilidad del producto en el mercado nacional, por
disposición del Gobierno.
El directorio también instruyó al director ejecutivo del
Inespre, Iván Hernández Guzmán, a determinar las condiciones relacionadas a las
cantidades, tiempo, forma de distribución y ventas de dichas importaciones, de
manera que no se vea afectada la producción nacional, según un comunicado de
prensa.
Esta decisión fue aprobada a unanimidad por los miembros
presentes del directorio integrado por su presidente Limber Cruz, ministro de
Agricultura; el secretario Iván Hernández Guzmán, director del Inespre y por
los miembros José del Rosario, director del Instituto Agrario Dominicano (IAD);
Fernando Durán, administrador general del Banco Agrícola; Franco de los Santos,
presidente del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop); Ramón
Pérez, viceministro de Industria, Comercio y Mipymes en representación del
Víctor Bisonó Haza; Circe Almánzar, vicepresidenta ejecutiva de la Asociación
de Industrias de República Dominicana; Antonio Ramos, vicepresidente ejecutivo
de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y Miguel Eneas Saviñón,
vicepresidente de la Asociación de Hacendados y Agricultores.
Limber Cruz, presidente del directorio, dijo: “La demanda
de carne de pollo se ha incrementado en julio y agosto del presente año, por lo
que el Gobierno y el sector agropecuario nacional tenemos el compromiso de
garantizar el abastecimiento en el mercado de este importante alimento de la
dieta dominicana”.
Cruz recordó además que dentro de las responsabilidades
del Inespre están la de aplicar medidas para mantener estabilidad de los precios,
ya que la ley 526 que la crea, en su artículo 5, le otorga la facultad de
importar productos de origen agropecuario cuando la producción nacional sea
insuficiente de acuerdo con lo estipulado en el artículo 55 de la ley de
Promoción Agrícola y Ganadera.
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